COMPENSAR
LOS VIÁTICOS DE LOS TRABAJADORES CON DISCAPACIDAD MOTRIZ
Por
la Redacción de Latitud Periódico
5
de septiembre del 2012
En
el Despacho 161 del 2 de agosto del 2012, la Legislatura porteña
aprobó la Ley 4236.
Este proyecto fue presentado por la Defensoría porteña.
La misma establece el pago de una compensación económica
para los trabajadores de la Administración Pública
de la ciudad con discapacidad motriz que no pueden viajar en
el transporte público de pasajeros.
Dicho
proyecto lo presentó la Defensora del Pueblo, Alicia
Pierini, el 2 de marzo del corriente año, para luego
alcanzar un acuerdo general entre los diferentes bloques de
la Legislatura.
El texto de la norma aprobada expresa: “Los trabajadores/as
con discapacidad certificada por autoridad competente, que se
vean imposibilitados de movilizarse en transporte público
de pasajeros, tienen derecho a la percepción de una compensación
en carácter de viáticos por los días trabajados,
o a utilizar los servicios que ofreciere la administración".
La
Defensora decía en sus fundamentos que: “las condiciones
en que las personas con discapacidad ejercen sus derechos y
obligaciones entrañan dificultades que, si bien no surgen
exclusivamente de la misma discapacidad, si devienen de un entorno
en el que juega un rol principalísimo la responsabilidad
de toda una sociedad que, a través de sus diferentes
estamentos, debe facilitar su accionar”.
Asimismo,
se tuvieron en cuenta los nuevos paradigmas en el abordaje de
los problemas de las personas con discapacidad que se fundamentan
en la inclusión e integración social, para lo
que se consideró indispensable aliviarle a los trabajadores
los gastos en el transporte.
FUENTE:
Defensoría del Pueblo porteño.
Caracteres:
1744