PROPIETARIOS
DE LOS BARCOS SOLICITAN INDEMNIZACIÓN
Producción
Periodística de Latitud Periódico
11
de marzo del 2014. Actualizado el 7 de julio del 2016
Ante
la amenaza de una segunda invasión por parte de la Corona
británica fue esencial para que los propietarios de barcos
pidieran una indemnización en caso de destrucción
de sus naves por habérselos embargado para transportar
armas y explosivos a la Banda Oriental.
Buenos
Aires. 9 de Mayo de 1807 / Documentos escritos. Sala VII. Legajo
2638.
Transcripción:
Señor
Comandante General de Armas
Los
propietarios de barcos que abajo suscribimos ante usted como
más haya lugar en derecho nos presentamos y decimos:
Que por Capitán del Puerto se nos han embargado nuestros
buques para conducir tropas y municiones de guerra a la otra
Banda de este río, y siendo en el día expuestísima
esta navegación por la porción de barcos enemigos
que cruzan, suplicamos a usted se sirva pasar esta presentación
a la Junta de Guerra para que en caso de cualesquiera desgraciase
nos abonen por la Real Hacienda, precediendo antes, si el tiempo
lo permitiese el avalúo de cada uno para evitar dudas
y en caso que no se pueda lo que fuese más arreglado
en justicia por tanto.
A
usted pedimos y suplicamos así lo provoca y mande que
es justicia que esperamos recibir de la integridad de usted.
Juan
Larraceda
M. de Andrés de Pinedo
Francisco Trelles
(…)
En
Buenos Aires a nueve de Mayo de mil ochocientos y siete años.
Estando en Junta de Guerra, los señores Don Lucas Muñoz
y Cubero Regente de esta Real Audiencia (…) y Superintendente
General de Real Hacienda, Don Santiago Liniers Capitán
de Navío de la Real Armada y Comandante General de Armas
de esta Capital, Coroneles Don César Balbiani, Cuartel
Maestre General y Don Bernardo de Velazco Sub Inspector y Mayor
General de Infantería y Caballería, Don Juan Gutiérrez
de la Concha Capitán de Fragata y Comandante de Marina
de este Aportadero, el Teniente Coronel Sargento Mayor de la
Plaza Don José María Cabrer, y el Capitán
primero del Real Cuerpo de Artillería Don Francisco Agustini,
dijeron en vista de esta instancia: Que respecto a que las embarcaciones
de que se trata, ya han entrado al puerto, no hay necesidad
de resolución en cuanto a ellas, pero que debían
declarar, y declararon, para lo sucesivo, que siempre que sea
preciso embargar buques para la conducción de tropas,
en otro Real Servicio (…) sus dueños que se les
aseguren, ha de ser con la baja de un veinte por ciento de lo
que imparte el flete corriente, y según los arreglos
que en su caso haga la comandancia de Marina, y lo firmaron
dichos señores, de que ya el presente Escribano Mayor
de Guerra de este virreinato doy fe.
Lucas
Muñoz y Cubero
Santiago Liniers
César Balbiani
Bernardo de Velazco
Juan Gutiérrez de la Concha
Francisco Agustini
José María Cabrer
Don José Ramón de Basavilbaso
Caracteres:
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