CALENDARIO
2017
Por la
Producción de Latitud Periódico
3 de febrero
del 2017
Con las
últimas disposiciones ejecutivas, por parte de decretos
de Presidencia de la Nación, el calendario 2017 ha
quedado de la siguiente forma: Solo dos fechas serán
trasladables, están los días no laborables que
tienen intima relación con los eventos de otras religiones
y el Jueves Santo Cristiano y el dato de importancia es la
eliminación de los feriados puentes.
*
FERIADOS TRASLADABLES
17 de
agosto al lunes 21 de agosto / Paso a la inmortalidad del
General San Martín
12 de octubre al lunes 16 de octubre / Día del Respeto
a la diversidad cultural
Feriados
Nacionales se rigen por el Decreto 1584 y 1585/2010
DÍAS
NO LABORABLES
Son para las fiestas y/o conmemoraciones de otras religiones
y el Jueves Santo Cristiano.
a) Ley
Nº 26.199 dictada en conmemoración del genocidio
sufrido por el pueblo armenio. Los empleados y funcionarios
de organismos públicos y los alumnos de origen armenio
quedan autorizados a disponer libremente de los días
24 de abril de todos los años para poder asistir y
participar de las actividades que se realicen en conmemoración
de la tragedia que afectó a su comunidad. Se Invita
a los gobiernos provinciales a adherir a las disposiciones
de la presente ley.
(b) Sólo para habitantes que profesen la Religión
Judía. Dispuesto por el Decreto 1584/2010.
* Los dos primeros días de Pesaj (Pascua) comienzan
el día 10 de Abril a las 18:18 horas y finalizan el
día 12 de Abril a las 19:12 horas. Los dos últimos
días de Pesaj (Pascua) comienzan el día 16 de
Abril a las 18:11 horas y finalizan el 18 de Abril a las 19:05
horas.
**Los dos días de Rosh Hashana (Año Nuevo) comienzan
el día 20 de Septiembre a las 18:31 horas y finalizan
el día 22 de Septiembre a las 18:33 horas.
El día de Iom Kipur (Día del Perdón)
comienza el día 29 de Septiembre a las 18:38 horas
y finaliza el día 30 de Septiembre a las 19:35 horas.
(c) Sólo para los habitantes que profesen la Religión
Islámica. Dispuesto por el Decreto 1584/2010. Fechas
aproximadas. Se rigen por el calendario lunar.
FUENTES:
Varias y propias.
Caracteres:
3035