JOSÉ
DE SAN MARTÍN / TESTAMENTO
Producción
Periodística de Latitud Periódico
14
de agosto del 2018 *
En
copia realizado por su yerno Mariano Balcarce. Boulogne Sur
Mer, el 28 de septiembre de 1850. Sala VII. Legajo 191.
Transcripción:
En
el nombre de Dios Todopoderoso, a quien reconozco como Hacedor
del Universo: Digo yo, José de San Martín, Generalísimo
de la República del Perú y fundador de su Libertad,
Capitán General de la de Chile y Brigadier General de
la Confederación Argentina que visto el mal estado de
mi salud, declaro por el presente testamento lo siguiente:
Primero. Dejo por mi absoluta heredera de mis bienes habidos
y por haber, a mi única hija, Mercedes de San Martín,
actualmente casada con Mariano Balcarce.
2º.
Es mi expresa voluntad el que mi hija suministre a mi hermana
María Helena, una pensión de mil francos anuales
y, a su fallecimiento, se continúe pagando a su hija
Petronila, una de 250 hasta su muerte, sin que para asegurar
este don que hago a mi hermana y sobrina, sea necesaria otra
hipoteca que la confianza que me asiste, de que mi hija y sus
herederos cumplirán religiosamente ésta, mi voluntad.
3º.
El sable que me ha acompañado en toda la guerra de la
independencia de la América del Sud, le será entregado
al General de la República Argentina, Don Juan Manuel
de Rosas, como una prueba de la satisfacción que como
argentino he tenido, al ver la firmeza con que ha sostenido
el honor de la República contra las injustas pretensiones
de los extranjeros que trataron de humillarla.
4º.
Prohíbo el que se me haga ningún género
de funeral y, desde el lugar en que falleciere, se me conducirá
directamente al cementerio sin ningún acompañamiento,
pero sí desearía el que mi corazón fuese
depositado en el de Buenos Aires.
5º.
Declaro no deber ni haber jamás debido nada a nadie.
6º.
Aunque es verdad que todos mis anhelos no han tenido otro objeto
que el bien de mi hija amada, debo confesar que la honrada conducta
de ésta y el constante cariño y esmero que siempre
me ha manifestado, han recompensado con usura todos mis esmeros
haciendo mi vejez feliz, y le ruego continúe con el mismo
cuidado y contracción la educación de sus hijas
(a las que abrazo con todo mi corazón), si es que, a
su vez, quiere tener la misma feliz suerte que yo he tenido.
Igual encargo hago a su esposo, cuya honradez y hombría
de bien no ha desmentido la opinión que había
formado de él, lo que me garantiza continuará
haciendo la felicidad de mi hija y nietas.
7º.
Todo otro testamento o disposición anterior al presente
queda nulo y sin ningún valor.
Hecho en París, a veintitrés de enero del año
mil ochocientos cuarenta y cuatro y escrito, todo él,
de mi puño y letra. José de San Martín.
ARTÍCULO
ADICIONAL:
Es mi voluntad el que el Estandarte que el bravo español
Don Francisco Pizarro tremoló en la conquista del Perú,
sea devuelto a esta República (a pesar de ser una propiedad
mía), siempre que sus gobiernos hayan realizado las recompensas
y honores con que me honró su primer Congreso.
José
de San Martín
Es
copia del original, que queda depositado en el archivo de esta
Legación.
París, 28 de septiembre de 1850.
Mariano
Balcarce
*
10 de marzo del 2014. Actualizado el 7 de julio del 2016
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