"Hay una fuerza motriz más poderosa que el vapor, la electricidad y la energía atómica: la voluntad.."

Albert Einstein

 

Actualizado: 22 Julio, 2018 13:50

 

VIOLENCIA LABORAL
MAYOR PROTECCIÓN A LAS VÍCTIMAS EN EL AMBITO DEL GOBIERNO PORTEÑO

Por la Redacción Latitud Periódico

6 de noviembre del 2012

A fines de octubre se aprobó la ley que modifica una norma anterior.
En la misma se especifica la regulación que previene y sanciona la violencia laboral del personal superior jerárquico contra el personal subalterno de cualquier organismo público de la ciudad.

La legisladora Laura García Tuñon de Buenos Aires para todos y presidenta de la Comisión de Legislación del Trabajo, fue la responsable de dicho proyecto aprobado con despacho de esa comisión.

"La modificación pretende dar una respuesta a esta problemática, estableciendo un régimen que brinde adecuada protección a las personas que resulten víctimas de violencia en el ámbito de las relaciones laborales del sector público. Para ello realiza una enunciación de las conductas que configuran la violencia laboral, establece la obligación del empleador de tomar las medidas pertinentes para prevenir este tipo de conductas, y su responsabilidad solidaria con el autor en caso de incumplimiento. Por otra parte, se otorga también protección a toda persona que, aunque no haya sido víctima de la violencia, hubiera denunciado, testificado, colaborado o de cualquier forma participado en una investigación o procedimiento relacionado con ésta".

En la ampliación del artículo primero, la nueva ley entiende por violencia laboral las acciones y omisiones de personas o grupo de personas que, en ocasión del ámbito o relación laboral, en forma sistemática y recurrente, atenten contra la dignidad, integridad física, sexual, psicológica y/o social de un trabajador/a, mediante acoso sexual, abusos, abuso de poder, ataques, amenazas, intimidación, amedrentamiento, inequidad salarial, trato discriminatorio, maltrato físico, psicológico y/o social. Se considerará que la violencia laboral reviste especial gravedad cuando la víctima se encuentre en una situación de particular vulnerabilidad, por razón de su edad, estado de salud, inferioridad jerárquica, u otra condición análoga.

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