¨Es la educación primaria la que civiliza y desenvuelve la moral de los pueblos. Son las escuelas la base de la civilización¨.

Domingo Faustino Sarmiento

Sábado 7 Julio, 2018 21:37

 

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URBANIZACIÓN DE LAS VILLAS
LOS PUNTOS 4, 5 Y 6 DEL ACUERDO
Parte III

Por Elena Luz González Bazán especial para Latitud Periódico

20 de octubre del 2016

El planteo es urbanizar sin desalojar… simplemente se apela a la Constitución Nacional a la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires que cumple dos décadas y leyes y tratados internacionales que obligan a los Estados, como el nuestro, a que se garantice una vivienda digna para todos sus habitantes.
El otro aspecto es que los habitantes de estos barrios precarios han ido edificando sus viviendas, muchas en alto, muchas que pueden tener problemas de edificación, pero ese es su barrio, su lugar… arrancarlos es como sacar un tronco de raíz cuando está dando frutos…
Por ello, el planteo de este acuerdo es URBANIZACIÓN DE VILLAS SIN DESALOJOS.
En el punto de la RELOCALIZACIÓN DE POBLACIÓN SÓLO EN CASOS EXCEPCIONALES, se plantea que estas serán cuando no haya otra alternativa posible, que esto implique mejorar la calidad de vida de la población trasladada; en tal sentido hay dos tipos de relocalizaciones: hacia dentro del espacio de la villa, asentamiento u otros y fuera de este entorno.


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El acuerdo dice: Las relocalizaciones dentro de la villa sólo podrán tener lugar en caso de que resulte imprescindible como parte del proceso de generación de infraestructura, espacios públicos, rehabilitación de viviendas, y esponjamiento o acupuntura (mejoras en el consolidado de las manzanas, abriendo espacios o haciendo intervenciones puntuales). La relocalización de población fuera de la villa no se constituirá en una alternativa de política estatal, pudiendo aplicarse solamente y de forma excepcional en caso de existir riesgos ambientales o urbanísticos estructurales comprobables que no sean subsanables, En estos casos, la relocalización debe contemplar los siguientes principios generales: a) el traslado de la población a zonas del mismo barrio o cercanas a éste asumiendo un compromiso empírico con los procesos de derechos, evitando el desarraigo y fortaleciendo la filiación a los múltiples espacios de la vida (laborales, educativos, sanitarios, comunitarios, etc.) presente y futura de los afectados, partiendo de un registro adecuado de los afectados (censo); b) la participación activa de los habitantes en el proceso de toma de decisiones en todas las etapas de la relocalización; c) la aplicación de un protocolo socialmente responsable, que sirva como guía para los funcionarios, profesionales y técnicos que conforman las estructuras institucionales a cargo.
Ante un desalojo inevitable hay que implementar un Protocolo Socialmente Responsable de Relocalización, en el documento se lee: El protocolo socialmente responsable solo debe ser aplicado cuando el desalojo resulte inevitable y estar guiado por el objetivo de equidad. Debe tener en cuenta que la relocalización involuntaria de poblaciones se inicia antes del traslado de la población y termina después del acceso a una nueva vivienda, abarcando tres grandes etapas: a) la etapa previa a la relocalización; b) la etapa de mudanza; y c) la etapa posterior a la relocalización. Estas etapas, si bien tienen un lugar en el transcurrir temporal, deben planificarse y desarrollarse articuladamente y de manera conjunta. El protocolo socialmente responsable (1) requiere también de un abordaje integral y atento a sus singularidades. Es indispensable contar con estudios detallados a los fines de anticipar posibles riesgos para la población afectada y evitar mayores costos tanto para la población realojada como para la administración pública. Para ello el protocolo debe cumplir con los siguientes principios rectores:
• Los procesos de relocalización requieren un enfoque integral, ya que implican un cambio de hábitat que modifica el espacio físico y la cotidianeidad de los afectados (vivienda, salud, educación, economía doméstica, alimentos, recreación, entre otros aspectos). Asimismo, se debe contemplar las singularidades de cada barrio, así como la diversidad de situaciones que atraviesan las familias a relocalizar y ser especialmente sensible respecto al enfoque de género, que es un aspecto transversal a todas las etapas.
• El órgano responsable de la relocalización deberá promover el trabajo conjunto y articulado entre las diferentes dependencias estatales involucradas en el proceso, así como considerar que los procesos de relocalización afectan de manera diferencial a diversas poblaciones: a) la población a mudar; b) la población receptora de los relocalizados; c) la población que permanece en el sitio a relocalizar.
• El presupuesto del proceso de relocalización debe ser preparado y programado atendiendo a la totalidad de sus etapas -desde el diseño hasta la implementación y seguimiento posterior-, y se deben incorporar instancias de revisión permanente de las acciones llevadas a cabo y evaluación de la satisfacción de la población en relación con todas las etapas del proceso.

(1) La CABA y la provincia de Buenos Aires deben cumplir con los protocolos oficiales de relocalización en cuyo diseño participaron diversas organizaciones académicas, de la sociedad civil, y territoriales. Ambos protocolos son antecedentes que pueden recuperarse para otras jurisdicciones.

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REHABILITACIÓN Y REACONDICIONAMIENTO DE LAS VIVIENDAS
El mejoramiento de las viviendas y los acondicionamientos habitacionales deberán considerar las diferentes condiciones sociales y económicas de cada una de las familias, el carácter cultural, la participación en el desarrollo y ejecución de las obras, la elección de los materiales, la mano de obra, el apoyo y las asesorías técnicas correspondientes. La participación de los vecinos será imprescindible para decidir cómo y dónde intervenir en el proceso de “esponjamiento/acupuntura” en pos de mejorar la habitabilidad de la mayor cantidad de viviendas.
El diseño y construcción de las ampliaciones y/o modificaciones deberán garantizar la habitabilidad de las familias, considerando alternativas de incrementalidad espacial horizontal o vertical en condiciones de seguridad estructural. Estos procesos contarán con el apoyo técnico profesional correspondiente y de maestros mayores de obra y albañiles priorizando en la contratación a quienes residan en el barrio.

DIAGNÓSTICO Y DISEÑO DE LA PROPUESTA DE REHABILITACIÓN
Y REACONDICIONAMIENTO DE LAS VIVIENDAS

La propuesta de rehabilitación deberá surgir de un diagnóstico integral, que se apoye en el estudio de la manzana a nivel urbano, habitacional y social y del relevamiento físico de la manzana con la interrelación que se da entre las viviendas.
El procedimiento se llevará a cabo mediante el relevamiento de cada vivienda hasta reconstruir una visión integral de la conformación de la manzana, teniendo en cuenta las dimensiones tanto de planta como en altura. Dependiendo del caso, se estudiará la manzana en su totalidad o dividida por sectores. Se hará hincapié en las formas de acceso a cada vivienda (en planta y altura) y junto con vecinos se evaluarán las condiciones de habitabilidad de cada una (ventilación, iluminación, servidumbres de paso, hacinamiento, localización de locales húmedos) y del conjunto, para poder compartir propuestas sobre las posibilidades de unificar y/o relocalizar viviendas en pos de garantizar espacios libres y mejorar la calidad de habitabilidad de la totalidad. Esto requiere aceptar soluciones heterogéneas.
Se considerarán criterios de superficie, lado mínimo, iluminación y ventilación, servicio de baño y cocinas en cada unidad, garantizando las habitaciones necesarias según la composición de las familias. También se deberá tener en cuenta el posible desarrollo incremental de la espacialidad, estructura y redes internas de servicios, teniendo en cuenta futuras modificaciones y/o ampliaciones.

READECUACIÓN DEL TEJIDO URBANO CONTEMPLANDO ACCIONES DE APERTURA DE CALLES Y CICATRIZACIÓN
Partirá del conocimiento de los requerimientos del barrio y del respeto de lo existente para elaborar propuestas de pasajes o calles que garanticen la conectividad y el acceso independiente de las viviendas con el mínimo de demoliciones. Sus dimensiones en ancho y altura deberán garantizar condiciones de accesibilidad, ventilación e iluminación y el ingreso de los servicios de agua y cloacas. Para la intervención sobre las casas a la vera de las calles o pasajes se respetará el mismo criterio que para el esponjamiento. Esto requiere estudiar las manzanas que están a la vera del pasaje o calle respectiva y a partir de eso elaborar una propuesta de “cicatrización” que garantice la habitabilidad de las viviendas afectadas con los criterios del esponjamiento. Complementariamente con el plano definitivo tanto del esponjamiento como de la apertura de calles y pasajes, se estudiará la ubicación de los locales húmedos y se realizarán las redes internas.

CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDA NUEVA ADECUADA A LAS NECESIDADES DE SUS FUTUROS HABITANTES
Cuando requiera de la relocalización de las familias, la construcción de vivienda nueva deberá respetar el protocolo socialmente responsable detallado previamente. En todos los casos este proceso deberá: a) ser diseñado de manera participativa en instancias de trabajo en donde articulen los equipos técnicos y las personas afectadas; b) emerger de un plan de trabajo integral y coordinado que garantice la obra y seguridad en los espacios habitados c) contar con materiales adecuados y durables en el tiempo. El acompañamiento y/o asesoría técnica profesional no deberá acarrear costos a las familias y estará a cargo de equipos técnicos profesionales seleccionados por las organizaciones de base y financiados a través de programas especiales.
Como para el resto de las actividades a desarrollar, se priorizará la contratación de pobladores y cooperativas de trabajo del barrio para llevar adelante las obras de construcción. El mecanismo de selección de trabajadores y cooperativas debe ser transparente como así también la rendición de cuentas de los recursos invertidos.

MICROCRÉDITOS Y FONDOS ROTATIVOS

Las intervenciones estatales para el mejoramiento de las viviendas deben ser complementadas por otras políticas, que permitan la realización de mejoras adicionales por parte de los propios habitantes. Para ello, el Estado garantizará, entre otras medidas, una política transparente para el acceso al crédito de las familias, que deberá contar con la participación de organizaciones sociales y vecinales. Se deberá atender la situación específica de las mujeres jefas de hogar con hijos a cargo, así como el caso de las mujeres en situación de violencia. La devolución de los préstamos deberá ser destinada en su totalidad al mejoramiento barrial y en ningún caso estos créditos podrán suplir o moderar en forma alguna la responsabilidad estatal en el desarrollo de obras habitacionales y urbanas como las que requieren los procesos de reurbanización de villas.

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PRIORIZAR LA ESTABILIDAD Y PERMANENCIA SEGURA

La permanencia segura de las familias de villas resulta una acción de fundamental importancia en tanto define las condiciones presentes y futuras de las familias, generando la estabilidad necesaria para el desarrollo de proyectos individuales, familiares y colectivos. Garantizar la tenencia segura de la tierra a las personas que la habitan es un aspecto clave, que puede efectivizarse a través de una diversidad de modalidades de posesión estable y permanente.

GARANTIZAR LA FUNCIÓN SOCIAL DE LOS TERRENOS, RESGUARDÁNDOLOS
DE INTERESES ESPECULATIVOS

La complejidad de esta intervención implica el establecimiento de resguardos y soluciones mixtas adecuadas a cada proyecto de urbanización, priorizando el objetivo de que la inversión social del hábitat popular y el suelo de propiedad estatal no sean transferidos y capitalizados por agentes y procesos de especulación inmobiliaria. Asimismo, es sumamente necesaria y relevante la regulación estatal de la utilización del suelo de acuerdo con el interés general en pos de dar pleno cumplimiento al principio de la función social y ambiental de la propiedad, aspectos presentes en la Constitución Nacional a través de la incorporación, en 1994, de los pactos y tratados internacionales de derechos humanos.
El financiamiento de las viviendas sociales y de otras inversiones de infraestructura, para ser sustentable, viable y equitativo, puede sostenerse en fondos provenientes de diferentes mecanismos de gestión del suelo, como por ejemplo: recuperación de plusvalías urbanas, gravámenes impositivos a inmuebles ociosos y a desarrolladores inmobiliarios y constructoras por solicitud de permisos de construcción, densidad y superficie inmersa en el proceso de edificación. Se considera prioritario que las tierras fiscales, a través de zonificación especial, sean afectadas a políticas habitacionales orientadas a resolver las necesidades de los sectores más afectados, evitando que sean destinadas a negocios y actividades especulativas.

REGULARIZACIÓN DOMINIAL
En la actualidad existen diversas modalidades de regularización del dominio de los terrenos, que permiten garantizar la tenencia estable y permanente priorizando el usufructo de los inmuebles. Estas alternativas no se limitan a la propiedad privada individual, incluyendo opciones como la propiedad cooperativa o el otorgamiento de derechos de uso y goce a cada familia, de manera renovable, manteniendo la propiedad estatal. En este contexto resulta prioritario generar información sobre las diversas modalidades existentes y definir de manera participativa cuáles son las opciones de regularización dominial más adecuadas a cada caso. Asimismo, es esperable que se consideren mecanismos que restrinjan, al menos en forma temporal, la mercantilización del suelo e inmuebles, entendiendo que las soluciones habitacionales generadas a través de fondos públicos están orientadas a satisfacer necesidades elementales, como lo es la vivienda.

FUENTE: Observatorio derecho a la ciudad.

Caracteres: 13.930

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