URBANIZACIÓN
DE LAS VILLAS
LOS PUNTOS 4, 5 Y 6 DEL ACUERDO
Parte III
Por
Elena Luz González Bazán especial para Latitud
Periódico
20
de octubre del 2016
El
planteo es urbanizar sin desalojar… simplemente se apela
a la Constitución Nacional a la Constitución de
la Ciudad de Buenos Aires que cumple dos décadas y leyes
y tratados internacionales que obligan a los Estados, como el
nuestro, a que se garantice una vivienda digna para todos sus
habitantes.
El otro aspecto es que los habitantes de estos barrios precarios
han ido edificando sus viviendas, muchas en alto, muchas que
pueden tener problemas de edificación, pero ese es su
barrio, su lugar… arrancarlos es como sacar un tronco
de raíz cuando está dando frutos…
Por ello, el planteo de este acuerdo es URBANIZACIÓN
DE VILLAS SIN DESALOJOS.
En el punto de la RELOCALIZACIÓN DE POBLACIÓN
SÓLO EN CASOS EXCEPCIONALES, se plantea que estas serán
cuando no haya otra alternativa posible, que esto implique mejorar
la calidad de vida de la población trasladada; en tal
sentido hay dos tipos de relocalizaciones: hacia dentro del
espacio de la villa, asentamiento u otros y fuera de este entorno.
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El acuerdo dice: Las relocalizaciones dentro de la villa sólo
podrán tener lugar en caso de que resulte imprescindible
como parte del proceso de generación de infraestructura,
espacios públicos, rehabilitación de viviendas,
y esponjamiento o acupuntura (mejoras en el consolidado de las
manzanas, abriendo espacios o haciendo intervenciones puntuales).
La relocalización de población fuera de la villa
no se constituirá en una alternativa de política
estatal, pudiendo aplicarse solamente y de forma excepcional
en caso de existir riesgos ambientales o urbanísticos
estructurales comprobables que no sean subsanables, En estos
casos, la relocalización debe contemplar los siguientes
principios generales: a) el traslado de la población
a zonas del mismo barrio o cercanas a éste asumiendo
un compromiso empírico con los procesos de derechos,
evitando el desarraigo y fortaleciendo la filiación a
los múltiples espacios de la vida (laborales, educativos,
sanitarios, comunitarios, etc.) presente y futura de los afectados,
partiendo de un registro adecuado de los afectados (censo);
b) la participación activa de los habitantes en el proceso
de toma de decisiones en todas las etapas de la relocalización;
c) la aplicación de un protocolo socialmente responsable,
que sirva como guía para los funcionarios, profesionales
y técnicos que conforman las estructuras institucionales
a cargo.
Ante un desalojo inevitable hay que implementar un Protocolo
Socialmente Responsable de Relocalización, en el documento
se lee: El protocolo socialmente responsable solo debe ser aplicado
cuando el desalojo resulte inevitable y estar guiado por el
objetivo de equidad. Debe tener en cuenta que la relocalización
involuntaria de poblaciones se inicia antes del traslado de
la población y termina después del acceso a una
nueva vivienda, abarcando tres grandes etapas: a) la etapa previa
a la relocalización; b) la etapa de mudanza; y c) la
etapa posterior a la relocalización. Estas etapas, si
bien tienen un lugar en el transcurrir temporal, deben planificarse
y desarrollarse articuladamente y de manera conjunta. El protocolo
socialmente responsable (1) requiere
también de un abordaje integral y atento a sus singularidades.
Es indispensable contar con estudios detallados a los fines
de anticipar posibles riesgos para la población afectada
y evitar mayores costos tanto para la población realojada
como para la administración pública. Para ello
el protocolo debe cumplir con los siguientes principios rectores:
• Los procesos de relocalización requieren un enfoque
integral, ya que implican un cambio de hábitat que modifica
el espacio físico y la cotidianeidad de los afectados
(vivienda, salud, educación, economía doméstica,
alimentos, recreación, entre otros aspectos). Asimismo,
se debe contemplar las singularidades de cada barrio, así
como la diversidad de situaciones que atraviesan las familias
a relocalizar y ser especialmente sensible respecto al enfoque
de género, que es un aspecto transversal a todas las
etapas.
• El órgano responsable de la relocalización
deberá promover el trabajo conjunto y articulado entre
las diferentes dependencias estatales involucradas en el proceso,
así como considerar que los procesos de relocalización
afectan de manera diferencial a diversas poblaciones: a) la
población a mudar; b) la población receptora de
los relocalizados; c) la población que permanece en el
sitio a relocalizar.
• El presupuesto del proceso de relocalización
debe ser preparado y programado atendiendo a la totalidad de
sus etapas -desde el diseño hasta la implementación
y seguimiento posterior-, y se deben incorporar instancias de
revisión permanente de las acciones llevadas a cabo y
evaluación de la satisfacción de la población
en relación con todas las etapas del proceso.
(1)
La CABA y la provincia de Buenos Aires deben cumplir con los
protocolos oficiales de relocalización en cuyo diseño
participaron diversas organizaciones académicas, de la
sociedad civil, y territoriales. Ambos protocolos son antecedentes
que pueden recuperarse para otras jurisdicciones.
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REHABILITACIÓN Y REACONDICIONAMIENTO DE LAS VIVIENDAS
El mejoramiento de las viviendas y los acondicionamientos habitacionales
deberán considerar las diferentes condiciones sociales
y económicas de cada una de las familias, el carácter
cultural, la participación en el desarrollo y ejecución
de las obras, la elección de los materiales, la mano
de obra, el apoyo y las asesorías técnicas correspondientes.
La participación de los vecinos será imprescindible
para decidir cómo y dónde intervenir en el proceso
de “esponjamiento/acupuntura” en pos de mejorar
la habitabilidad de la mayor cantidad de viviendas.
El diseño y construcción de las ampliaciones y/o
modificaciones deberán garantizar la habitabilidad de
las familias, considerando alternativas de incrementalidad espacial
horizontal o vertical en condiciones de seguridad estructural.
Estos procesos contarán con el apoyo técnico profesional
correspondiente y de maestros mayores de obra y albañiles
priorizando en la contratación a quienes residan en el
barrio.
DIAGNÓSTICO Y DISEÑO DE LA PROPUESTA DE
REHABILITACIÓN
Y REACONDICIONAMIENTO DE LAS VIVIENDAS
La propuesta de rehabilitación deberá surgir de
un diagnóstico integral, que se apoye en el estudio de
la manzana a nivel urbano, habitacional y social y del relevamiento
físico de la manzana con la interrelación que
se da entre las viviendas.
El procedimiento se llevará a cabo mediante el relevamiento
de cada vivienda hasta reconstruir una visión integral
de la conformación de la manzana, teniendo en cuenta
las dimensiones tanto de planta como en altura. Dependiendo
del caso, se estudiará la manzana en su totalidad o dividida
por sectores. Se hará hincapié en las formas de
acceso a cada vivienda (en planta y altura) y junto con vecinos
se evaluarán las condiciones de habitabilidad de cada
una (ventilación, iluminación, servidumbres de
paso, hacinamiento, localización de locales húmedos)
y del conjunto, para poder compartir propuestas sobre las posibilidades
de unificar y/o relocalizar viviendas en pos de garantizar espacios
libres y mejorar la calidad de habitabilidad de la totalidad.
Esto requiere aceptar soluciones heterogéneas.
Se considerarán criterios de superficie, lado mínimo,
iluminación y ventilación, servicio de baño
y cocinas en cada unidad, garantizando las habitaciones necesarias
según la composición de las familias. También
se deberá tener en cuenta el posible desarrollo incremental
de la espacialidad, estructura y redes internas de servicios,
teniendo en cuenta futuras modificaciones y/o ampliaciones.
READECUACIÓN DEL TEJIDO URBANO CONTEMPLANDO ACCIONES
DE APERTURA DE CALLES Y CICATRIZACIÓN
Partirá del conocimiento de los requerimientos del barrio
y del respeto de lo existente para elaborar propuestas de pasajes
o calles que garanticen la conectividad y el acceso independiente
de las viviendas con el mínimo de demoliciones. Sus dimensiones
en ancho y altura deberán garantizar condiciones de accesibilidad,
ventilación e iluminación y el ingreso de los
servicios de agua y cloacas. Para la intervención sobre
las casas a la vera de las calles o pasajes se respetará
el mismo criterio que para el esponjamiento. Esto requiere estudiar
las manzanas que están a la vera del pasaje o calle respectiva
y a partir de eso elaborar una propuesta de “cicatrización”
que garantice la habitabilidad de las viviendas afectadas con
los criterios del esponjamiento. Complementariamente con el
plano definitivo tanto del esponjamiento como de la apertura
de calles y pasajes, se estudiará la ubicación
de los locales húmedos y se realizarán las redes
internas.
CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDA NUEVA ADECUADA A LAS
NECESIDADES DE SUS FUTUROS HABITANTES
Cuando requiera de la relocalización de las familias,
la construcción de vivienda nueva deberá respetar
el protocolo socialmente responsable detallado previamente.
En todos los casos este proceso deberá: a) ser diseñado
de manera participativa en instancias de trabajo en donde articulen
los equipos técnicos y las personas afectadas; b) emerger
de un plan de trabajo integral y coordinado que garantice la
obra y seguridad en los espacios habitados c) contar con materiales
adecuados y durables en el tiempo. El acompañamiento
y/o asesoría técnica profesional no deberá
acarrear costos a las familias y estará a cargo de equipos
técnicos profesionales seleccionados por las organizaciones
de base y financiados a través de programas especiales.
Como para el resto de las actividades a desarrollar, se priorizará
la contratación de pobladores y cooperativas de trabajo
del barrio para llevar adelante las obras de construcción.
El mecanismo de selección de trabajadores y cooperativas
debe ser transparente como así también la rendición
de cuentas de los recursos invertidos.
MICROCRÉDITOS Y FONDOS ROTATIVOS
Las intervenciones estatales para el mejoramiento de las viviendas
deben ser complementadas por otras políticas, que permitan
la realización de mejoras adicionales por parte de los
propios habitantes. Para ello, el Estado garantizará,
entre otras medidas, una política transparente para el
acceso al crédito de las familias, que deberá
contar con la participación de organizaciones sociales
y vecinales. Se deberá atender la situación específica
de las mujeres jefas de hogar con hijos a cargo, así
como el caso de las mujeres en situación de violencia.
La devolución de los préstamos deberá ser
destinada en su totalidad al mejoramiento barrial y en ningún
caso estos créditos podrán suplir o moderar en
forma alguna la responsabilidad estatal en el desarrollo de
obras habitacionales y urbanas como las que requieren los procesos
de reurbanización de villas.
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PRIORIZAR LA ESTABILIDAD Y PERMANENCIA SEGURA
La permanencia segura de las familias de villas resulta una
acción de fundamental importancia en tanto define las
condiciones presentes y futuras de las familias, generando la
estabilidad necesaria para el desarrollo de proyectos individuales,
familiares y colectivos. Garantizar la tenencia segura de la
tierra a las personas que la habitan es un aspecto clave, que
puede efectivizarse a través de una diversidad de modalidades
de posesión estable y permanente.
GARANTIZAR LA FUNCIÓN SOCIAL DE LOS TERRENOS,
RESGUARDÁNDOLOS
DE INTERESES ESPECULATIVOS
La complejidad de esta intervención implica el establecimiento
de resguardos y soluciones mixtas adecuadas a cada proyecto
de urbanización, priorizando el objetivo de que la inversión
social del hábitat popular y el suelo de propiedad estatal
no sean transferidos y capitalizados por agentes y procesos
de especulación inmobiliaria. Asimismo, es sumamente
necesaria y relevante la regulación estatal de la utilización
del suelo de acuerdo con el interés general en pos de
dar pleno cumplimiento al principio de la función social
y ambiental de la propiedad, aspectos presentes en la Constitución
Nacional a través de la incorporación, en 1994,
de los pactos y tratados internacionales de derechos humanos.
El financiamiento de las viviendas sociales y de otras inversiones
de infraestructura, para ser sustentable, viable y equitativo,
puede sostenerse en fondos provenientes de diferentes mecanismos
de gestión del suelo, como por ejemplo: recuperación
de plusvalías urbanas, gravámenes impositivos
a inmuebles ociosos y a desarrolladores inmobiliarios y constructoras
por solicitud de permisos de construcción, densidad y
superficie inmersa en el proceso de edificación. Se considera
prioritario que las tierras fiscales, a través de zonificación
especial, sean afectadas a políticas habitacionales orientadas
a resolver las necesidades de los sectores más afectados,
evitando que sean destinadas a negocios y actividades especulativas.
REGULARIZACIÓN DOMINIAL
En la actualidad existen diversas modalidades de regularización
del dominio de los terrenos, que permiten garantizar la tenencia
estable y permanente priorizando el usufructo de los inmuebles.
Estas alternativas no se limitan a la propiedad privada individual,
incluyendo opciones como la propiedad cooperativa o el otorgamiento
de derechos de uso y goce a cada familia, de manera renovable,
manteniendo la propiedad estatal. En este contexto resulta prioritario
generar información sobre las diversas modalidades existentes
y definir de manera participativa cuáles son las opciones
de regularización dominial más adecuadas a cada
caso. Asimismo, es esperable que se consideren mecanismos que
restrinjan, al menos en forma temporal, la mercantilización
del suelo e inmuebles, entendiendo que las soluciones habitacionales
generadas a través de fondos públicos están
orientadas a satisfacer necesidades elementales, como lo es
la vivienda.
FUENTE:
Observatorio derecho a la ciudad.
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